¿Son válidas las multas de tráfico recibidas por correo ordinario?

enero 13, 2025

La llegada de una notificación de la Dirección General de Tráfico (DGT) a nuestro buzón suele ser motivo de preocupación para cualquier conductor. Sin embargo, si esta comunicación llega a través de correo ordinario, puede surgir la duda: ¿es válida esta notificación?

Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), la validez de una multa enviada por este medio depende de si el interesado se da por notificado. Para que una sanción sea legalmente válida, la Administración debe utilizar un medio que permita confirmar la recepción por parte del destinatario. Sin embargo, en algunos casos, las administraciones recurren al correo ordinario como un intento inicial de notificación, lo que podría llevar a confusión a los ciudadanos.

Obligación de notificarse formalmente

El procedimiento oficial establece que, si no se puede entregar una notificación a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV) o de forma certificada en el domicilio registrado, la sanción debe publicarse en el Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado (BOE) o en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA). Este paso es clave, pues incluso el Tribunal Constitucional ha señalado que los ciudadanos no están obligados a revisar diariamente el BOE para darse por notificados.

Advertencia sobre empresas «quitamultas»

AEA también advierte sobre empresas y aseguradoras que sugieren a sus clientes asumir notificaciones enviadas de forma irregular. En estos casos, se recomienda verificar si las notificaciones cumplen con los requisitos legales antes de presentar un recurso o pagar la sanción.

Conclusión

Aunque recibir una multa por correo ordinario puede generar incertidumbre, la clave está en confirmar si el proceso cumple con los criterios legales de notificación. Los conductores deben estar atentos a los procedimientos establecidos y no apresurarse a pagar o recurrir sin verificar la validez de la notificación.