La Ley Karin: Una Reforma que No Cumple las Expectativas, Según Pamela Prado López

noviembre 30, 2024
La Ley Karin: Una Reforma que No Cumple las Expectativas, Según Pamela Prado López

La Ley N° 21.643, conocida como la Ley Karin, ha sido uno de los avances más debatidos en la legislación laboral chilena, especialmente en lo que respecta a la protección contra el acoso laboral y sexual. En un reciente seminario organizado por la Universidad Católica del Norte (UCN), la abogada y profesora de Derecho Civil, Pamela Prado López, brindó su análisis sobre los aspectos civiles de esta ley, destacando que, a pesar de sus intenciones, no representa una reforma tan profunda como muchos esperaban.

Pamela Prado López, quien es doctora en Derecho por la Universidad de Chile y posee un magíster en Derecho Privado, explicó que, aunque la ley introduce modificaciones importantes, estas no tienen el alcance transformador que algunos anticipaban. A lo largo de su intervención, la académica invitó a los estudiantes de Derecho a reflexionar sobre los verdaderos cambios que esta legislación trae consigo, en comparación con la normativa previa.

Responsabilidad Civil y la Ley Karin

Un aspecto central de su ponencia fue la vinculación entre la Responsabilidad Civil y las nuevas disposiciones de la Ley Karin. La Responsabilidad Civil, que tiene como objetivo la reparación de los daños causados a las víctimas, es una parte fundamental del Derecho Civil. Pamela Prado explicó que, bajo el marco de esta ley, el proceso de reparación sigue siendo similar al establecido anteriormente, a través del Procedimiento de Tutela Laboral en los Juzgados del Trabajo, donde los afectados pueden buscar compensación por los perjuicios sufridos.

La Ley Karin se presenta como un refuerzo frente a casos de acoso laboral y sexual, así como una nueva categoría: la violencia laboral. A pesar de ello, Prado López considera que la definición de acoso sexual se mantiene sin cambios respecto al Código del Trabajo vigente desde hace más de diez años. Lo mismo ocurre con el acoso laboral, aunque aquí sí hay una modificación, ya que se ha ampliado el concepto para considerar como acoso laboral un solo comportamiento, cuando antes se requerían múltiples acciones para que se configurara como tal.

La Falta de una Reforma Profunda

Según la profesora Prado López, la Ley Karin no ofrece una reforma significativa más allá del refuerzo de las medidas preventivas. “Lo que me sorprende es la gran atención mediática que ha recibido el tema del acoso laboral y sexual, cuando estas figuras ya existían desde antes. Además, la obligación de prevenir este tipo de situaciones también estaba presente en la legislación anterior. La diferencia ahora es que se especifica de manera más clara cómo deben implementarse estas medidas de prevención, pero no se trata de una reforma profunda ni trascendental como algunos podrían haber esperado”, afirmó la académica.

Violencia Laboral: Un Concepto Más Complejo

Otro de los puntos destacados por la doctora en su análisis es la distinción que realiza la ley entre el acoso laboral y sexual, por un lado, y la violencia en el trabajo, por otro. En el artículo N° 2 del Código del Trabajo, se aborda esta diferencia, reconociendo que la violencia laboral también incluye situaciones en las que un trabajador es agredido por terceros, como proveedores o clientes del empleador.

Pamela Prado López señala que este tipo de violencia es particularmente difícil de abordar para los empleadores, quienes deben prevenir que terceras partes infrinjan los derechos fundamentales de los trabajadores. Sin embargo, la profesora considera que se está exigiendo demasiado a los empleadores en cuanto a la prevención de estos incidentes, lo que complica aún más la aplicación de esta normativa. A su juicio, la violencia laboral es un tema más complejo que el acoso laboral y sexual, ya que involucra la actuación de personas ajenas al contrato laboral, lo que plantea serias dudas sobre la responsabilidad que puede recaer sobre el empleador en estos casos.

En conclusión, la Ley Karin, aunque apunta a reforzar la protección de los trabajadores ante el acoso y la violencia en el ámbito laboral, no introduce una reforma tan transformadora como algunos esperaban. Para Pamela Prado López, la ley aporta claridad en cuanto a las medidas preventivas, pero no cambia de forma profunda la estructura legal existente en relación con estos problemas.