La CNDH y la Censura de la Verdad: Un Fallo a Favor del Derecho Colectivo a la Información
Por: Juan Rodríguez
En un contexto donde la transparencia gubernamental es más crucial que nunca, un tribunal colegiado ha dado un paso firme al defender el derecho colectivo de la sociedad a acceder a la información, desautorizando la decisión de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de testar más de 2,500 recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015. Este fallo subraya un principio fundamental: la censura de la información pública, especialmente cuando se trata de violaciones a derechos humanos, no solo atenta contra el derecho individual de las víctimas, sino también contra el derecho de todos a conocer la verdad.
El caso, que involucra la recomendación 26/2006, surgió tras la tragedia de la mina Pasta de Conchos, donde 65 trabajadores perdieron la vida en una explosión. Elvira Martínez, víctima indirecta de este desastre y representante del colectivo Familia Pasta de Conchos, demandó justicia al darse cuenta de que la CNDH había eliminado de su sitio web miles de recomendaciones, incluidas aquellas relacionadas con su tragedia. Al volver a publicarlas, la CNDH no solo omitió información clave, sino que puso en duda el derecho de la sociedad a conocer la verdad detrás de estos casos.
El Tribunal Colegiado, al analizar la situación, dictó una resolución contundente: la eliminación de información esencial de las recomendaciones violaba el derecho a la verdad, un derecho colectivo que no debe estar supeditado a la clasificación arbitraria de documentos. Esta sentencia, que afecta a más de 2,500 recomendaciones de derechos humanos, resalta la importancia de la máxima publicidad en la gestión de la información pública, particularmente cuando se trata de actos de grave violación a los derechos humanos.
Es necesario destacar que la CNDH, al justificar su censura bajo la Ley General de Transparencia, falló en su interpretación de la ley. La legislación establece claramente que las recomendaciones de la CNDH, emitidas en un período anterior a la ley de 2015, debían mantenerse accesibles en su forma íntegra. En lugar de hacerlo, la CNDH optó por suprimir información crítica, bajo el pretexto de un supuesto cumplimiento normativo que no se ajusta a la realidad de estos documentos públicos.
El fallo del tribunal no solo beneficia a Elvira Martínez, sino que también defiende a la sociedad en su conjunto, al reconocer que el derecho a ser informado no debe estar condicionado por la voluntad de las autoridades. La resolución afirma que la sociedad tiene un «interés legítimo» en el acceso completo a estas recomendaciones, pues son instrumentos clave para comprender el alcance de las violaciones a derechos humanos en México y exigir responsabilidades.
En última instancia, este fallo reafirma que el derecho a la información es un derecho fundamental, no solo para las víctimas directas, sino para toda la sociedad. La censura de las recomendaciones de la CNDH no solo representa un ataque a la memoria colectiva, sino una amenaza a la justicia y a la reparación de daños. Al revocar la decisión de la CNDH, el tribunal da un ejemplo de cómo el acceso a la información debe prevalecer sobre cualquier intento de ocultar la verdad.